“El artículo 24 de la Constitución lo precisa con toda claridad cuando, bajo el epígrafe “De la libertad religiosa y la ideológica”, dice: “Quedan reconocidas la libertad religi…
“El artículo 24 de la Constitución lo precisa con toda claridad cuando, bajo el epígrafe “De la libertad religiosa y la ideológica”, dice: “Quedan reconocidas la libertad religiosa, la de culto y la ideológica, sin más limitaciones que las establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna confesión tendrá carácter oficial”. Vale decir, el Estado paraguayo es un Estado laico.” Jesús Ruiz Nestosa, escritor paragua
“El artículo 24 de la Constitución lo precisa con toda claridad cuando, bajo el epígrafe “De la libertad religiosa y la ideológica”, dice: “Quedan reconocidas la libertad religiosa, la de culto y la ideológica, sin más limitaciones que las establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna confesión tendrá carácter oficial”. Vale decir, el Estado paraguayo es un Estado laico.” Jesús Ruiz Nestosa, escritor paragua